Expectactivas para el sector

Se promulgó la Ley de Reactivación Turística: ¿Cuáles son los beneficios?

Este lunes 21 finalmente fue promulgada la Ley de Reactivación Productiva de la Actividad Turística Nacional que tiene como objetivo atender la situación de las empresas turísticas y establecer medidas para la reactivación del turismo post pandemia. A continuación los principales puntos:

Plan de Preventa para reactivar el turismo interno
Se pondrán en marcha los Incentivos a la Preventa de Servicios Turísticos Nacionales, orientados a fomentar y potenciar la demanda del turismo interno. Consistirán en la devolución a las personas por parte del estado del 50 por ciento de lo gastado en la compra de paquetes turísticos o servicios siempre que fuesen comprado dentro del ámbito del país.
Las compras en concepto de preventa de servicios turísticos se deberán realizar hasta el 31/12/2020 y los créditos que correspondan al 50 por ciento podrán ser utilizados a partir de 2021 únicamente para la adquisición de servicios turísticos brindados dentro del territorio nacional.

Prórroga del programa ATP
La vigencia del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción fue prorrogada hasta el 31 de diciembre 2020 para las actividades y rubros del sector, cuando se encuentren paralizadas o tengan una facturación inferior al 30 por ciento. Los beneficios incluyen una reducción del pago de las contribuciones patronales del 95 por ciento y un salario complementario abonado por el Estado Nacional para los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado del 50 por ciento del salario neto, no pudiendo ser inferior a un salario mínimo, vital y móvil ni superar los dos salarios.

Moratoria impositiva y beneficios fiscales
Será prorrogado por 180 días el vencimiento del pago de los impuestos existentes o a crearse, que graven el patrimonio, los capitales o las ganancias de las actividades vinculadas a la actividad turística cuyos vencimientos operen hasta el 31 de diciembre. Además, será suspendida por ese mismo plazo la traba de cualquier tipo de medida cautelar a requerimiento de la AFIP y la ANSES para las empresas del sector, en tanto que se implementará una reducción en las alícuotas del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias hasta el 31 de diciembre de 2021.

Solución para las reprogramaciones
Los establecimientos hoteleros y empresas de transporte que no pudieron prestar los servicios contratados con motivo de la pandemia y cuyos servicios fueron contratados de manera directa, podrán ofrecer alternativamente a los usuarios las siguientes opciones:

_La reprogramación de los servicios contratados, respetando la estacionalidad, calidad y valores convenidos, dentro de un período de doce meses posteriores al levantamiento de las medidas restrictivas de circulación adoptadas por el Poder Ejecutivo.

_El reintegro del monto abonado por los servicios contratados mediante el pago de hasta seis cuotas iguales, mensuales y consecutivas con vencimiento la primera de ellas dentro de los 60 días de recibida la solicitud de reembolso.

_Si el consumidor contrató servicios a través de intermediarios, podrá reprogramar sus viajes o recibir un voucher para ser utilizado dentro de doce meses desde la finalización de la vigencia de las restricciones, por un monto igual al reembolso que correspondía. Si pasado el tiempo el voucher no se usó, el consumidor podrá solicitar el reembolso completo de cualquier pago realizado.